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Tal y como establece el punto 4 de la Base decimosexta de la Resolución de 19 de mayo de 2009 de la Consejería de Educación, "la continuidad en el programa se hará efectiva, siempre que se sigan cumpliendo las condiciones necesarias estipuladas en este procedimiento. Por lo tanto, en el avance de planificación para el curso siguiente, los centros deben comunicar a la Consejería de Educación y Ciencia que se está en condiciones de seguir con el desarrollo del programa, o, si tuvieran necesidades específicas, realizar las correspondientes propuestas para la valoración por parte de la Administración Educativa"Procede, por tanto, establecer un plazo de dos semanas, hasta el 25 de mayo de 2012, para que los Centros envíen los datos que se reflejan en las fichas que se adjuntan de modo que la Consejería de Educación y Universidades adopte las decisiones oportunas. Dicha información deberá enviarse al Servicio de Plurilingüismo y Tecnologías Educativas por correo ordinario.
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| Última actualización el Viernes, 11 de Mayo de 2012 08:01 |
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